22 de diciembre de 2024

Reconoce Gobierno del Estado trabajo legislativo para reformar artículos del Código Penal y de la Ley Orgánica de la FGEO.

Reconoce Gobierno del Estado trabajo legislativo para reformar artículos del Código Penal y de la Ley Orgánica de la FGEO.

Se tipifican como delitos los préstamos conocidos como ´gota a gota´, el popularmente ´halconeo´ y la alteración de numerales de identificación de vehículos, entre otros

• El consejero Jurídico Geovany Vásquez Sagrero destacó que la administración que encabeza el Gobernador Salomón Jara Cruz trabaja para fortalecer el Sistema de Procuración de Justicia para que la ley cuente con herramientas eficaces

El Gobierno del Estado reconoció y destacó el trabajo de la LXV Legislatura del Congreso del Estado para aprobar reformas a diversos artículos del Código Penal y de la Ley Orgánica de la Fiscalía General del Estado de Oaxaca (FGEO) mediante los cuales se tipifican como delitos los préstamos conocidos como ´gota a gota´, el popularmente ´halconeo´ y la alteración de numerales de identificación de vehículos, entre otros.

El titular de la Consejería Jurídica y Asistencia Legal Geovany Vásquez Sagrero destacó que la administración que encabeza el Gobernador Salomón Jara Cruz trabaja para fortalecer el Sistema de Procuración de Justicia para que la ley cuente con herramientas eficaces y atienda de manera oportuna las denuncias y problemáticas sociales de Oaxaca.

Entre ellas se encuentra la creación de un Centro de Inteligencia Criminal, con lo cual la FGEO tendrá una estructura actualizada que agilizará los procedimientos de investigación y persecución de delitos. Esta instancia trabajará en coordinación con la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana (SSPC), con la autonomía plena y bajo los establecimientos de la Constitución Local.

Además, las reformas al Código Penal de Oaxaca establecen delitos contra el Estado como el entorpecimiento a la investigación y el robo de vehículos.

Expuso que se trabaja para que se publiquen y entren en vigor de manera inmediata, además que se establecerá una coordinación con los Poderes del Estado y medios de comunicación para que se informe a la ciudadanía sobre estas reformas.

Tipifica Código Penal de Oaxaca los delitos conocidos como ´gota a gota´ y ´halconeo´

En tanto, el titular de la FGEO Bernardo Rodríguez Alamilla reconoció también el trabajo de quienes integran la LXV Legislatura local para reformar diversos artículos del Código Penal de Oaxaca.

Explicó que entre las modificaciones se encuentra la tipificación del delito de los prestamos denominado ´gota a gota´, a quienes lo ejerzan se aplicará de 8 a 14 años de prisión y multa de 30 a 120 días.

Dijo que será sujeto del delito cuando se acuda a cualquier tipo de negocio, centro de trabajo, tienda, casa u otro lugar para cobrar, en dinero o especie, un interés excesivo para sí u otra persona, ya sea física o moral derivado de un préstamo, o lo realice por medios electrónicos, ejerciendo amenazas o cualquier tipo de violencia.

Mientras que para el llamado popularmente ´halconeo´ se le aplicará una sanción de 7 a 15 años de prisión y multa de 200 a 400 veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA).

También, quien cometa el delito contra actos de investigación, actividades de seguridad pública y del Estado, que aceche, vigile, espíe, por medio de sí o vehículo aéreo no tripulado para reconocimiento aéreo, para obtener o proporcionar información sobre las actividades oficiales o personales que realicen o pretendan realizar las y los servidores públicos de instituciones de Seguridad Pública y procuración de justicia con la finalidad de entorpecer o evitar el cumplimiento de sus funciones u ocasionarles un daño a dichas instituciones o personas servidoras públicos o beneficiar actividades delictivas.

También quien aceche o vigile en cualquier lugar o realice cualquier acto, obtenga y proporcione información tendiente a evitar la captura de alguna persona por ejecución de orden judicial o detención en flagrancia; quien utilice uno o más instrumentos en forma de abrojos, cuchillas, erizos, estrellas, púas o picos ponchallantas, fabricados de cualquier material que por su resistencia o contundencia, dañe o impida el paso de vehículos particulares u oficiales tendiente a evitar la captura de alguna persona por ejecución de orden judicial o detención en flagrancia. Cuando la conducta se cometa en contra de elementos de las fuerzas armadas o de seguridad pública o de sus equipos motores o muebles, se aumentará la penalidad dos terceras partes.

Además quien posea o porte, en su persona, en el vehículo en el que se encuentre o se le relacione con éste, en su domicilio o en el lugar donde se le capture, uno o más aparatos o equipos de comunicación de cualquier tipo, que hubieren sido contratados con documentación falsa, o de terceros sin su conocimiento, o utilizados sin la autorización de éstos; posea o porte, en su persona, en el vehículo en el que se encuentre o se le relacione con éste, en su domicilio o en el lugar donde se le capture, uno o varios equipos o artefactos que permitan la intervención, escucha o transmisión de datos con respecto a canales de comunicación oficiales o de comunicaciones privadas, equipos tácticos de intervención y análisis de comunicaciones de cualquier tipo sin causa justificada, entre otros.

Así también, se castigará con más de 7 años de cárcel a quien enajene o trafique de cualquier forma un vehículo robado o que se encuentre alterado en sus numerales de identificación; o al que con intención adquiera, posea, comercialice, pignore, reciba, traslade, use u oculte un vehículo de motor que este alterado en sus numerales de identificación; y al que con ánimo de apoderarse de un vehículo de motor por medio de la expedición u otorgamiento de un cheque sin fondos, realización de una transferencia rechazada o por cualquier otro medio de comercialización electrónica que no concrete el pago se apodere de este.