En Oaxaca, la decisión vuelve al lugar donde siempre ha estado: la asamblea comunitaria. El Congreso del Estado aprobó una reforma a la Ley Orgánica Municipal que reconoce formalmente la competencia de las asambleas generales para autorizar el cambio de denominación o categoría de los centros de población en municipios que se rigen por Sistemas Normativos Indígenas.
La modificación establece que estas decisiones deberán contar con el respaldo de al menos las dos terceras partes de la asamblea, otorgando certeza jurídica a los actos municipales y fortaleciendo el derecho a la autodeterminación de pueblos y comunidades indígenas y afromexicanas.
La reforma parte de una realidad local: más del 70 por ciento de los municipios oaxaqueños se gobiernan bajo Sistemas Normativos Indígenas, donde la asamblea es la máxima autoridad de deliberación y toma de acuerdos. Con este cambio legal, su voz deja de ser solo práctica comunitaria y queda plenamente reconocida en la legislación estatal.
El dictamen armoniza la ley local con la Constitución federal y con instrumentos internacionales como el Convenio 169 de la OIT, que obligan a los Estados a respetar las costumbres, normas internas y formas propias de organización de los pueblos originarios.
Con esta aprobación, el Congreso de Oaxaca fortalece la validez democrática de las decisiones comunitarias y reduce el margen de conflictos legales, al reconocer que en estos municipios la legitimidad nace del consenso colectivo expresado en asamblea.
Las asambleas deciden: Oaxaca blinda la autodeterminación en municipios indígenas
18/12/2025
Por Redacción
El Congreso avaló que el cambio de nombre o categoría de comunidades regidas por Sistemas Normativos Indígenas dependa del voto de la asamblea general.