Las copias certificadas de las actas del Registro Civil expedidas a través de la Plataforma Digital tendrán validez legal permanente en Oaxaca y ya no podrán ser rechazadas bajo el argumento de que tienen determinada antigüedad.
Con 32 votos a favor, el Congreso del Estado aprobó una reforma al Código Civil para el Estado de Oaxaca que reconoce plena validez y eficacia jurídica a estos documentos, tanto en formato electrónico PDF como impresos.
Uno de los principales cambios es que las actas obtenidas mediante esta vía no estarán sujetas a un plazo de vigencia o caducidad.
Esto significa que para realizar trámites escolares, bancarios, de salud, notariales o relacionados con programas sociales ya no deberá exigirse la renovación periódica del documento únicamente por su fecha de expedición.
La reforma también establece que ninguna autoridad pública o institución privada podrá rechazar estas copias certificadas ni exigir que sean presentadas en hoja valorada, siempre que el documento sea legible y no tenga alteraciones, tachaduras, borraduras o enmendaduras que comprometan su autenticidad.
Para comprobar que el acta es auténtica podrán utilizarse mecanismos como código QR, firma electrónica o sello digital.
Los datos contenidos en las actas expedidas por el Registro Civil se presumirán válidos y actualizados, salvo que exista prueba en contrario.
El decreto aprobado por el Congreso fue enviado por el gobernador Salomón Jara Cruz y contempla la adición de los artículos 52 Bis y 52 Ter, además de la derogación del segundo párrafo del artículo 53 y del artículo 66 Bis del Código Civil estatal.
Con la modificación se elimina una práctica que obligaba a las personas a obtener nuevamente sus actas para diferentes trámites pese a contar con una copia certificada legalmente expedida.
Actas digitales del Registro Civil ya no caducarán en Oaxaca; Congreso aprueba validez permanente
27/08/2026
Por Redacción
Autoridades e instituciones privadas no podrán exigir documentos recientes ni rechazar copias certificadas obtenidas en la Plataforma Digital por estar impresas en papel común, siempre que puedan comprobarse mediante QR, firma electrónica o sello digital.